domingo, 9 de abril de 2017

INSPECCION MEDICA DEL TRABAJO - Misión (III)

El Inspector Médico del Trabajo comunicará la información que posea sobre riesgos de enfermedades y accidentes profesio- nales en diversas empresas a los Comités Técnicos de las Uniones de Crédito de la Seguridad Social. La Nota de 15 de septiembre sobre organización de los Departamentos de Rela- ciones Industriales asigna al Departamento de Inspección Médica del Trabajo las siguientes responsabilidades:
• la investigación de los aspectos técnicos de la patología y la medicina del trabajo, la ergonomía y la psicología del trabajo;
• la investigación de las cuestiones relativas a la protección de la salud de los trabajadores y las condiciones de trabajo;
• la investigación de los aspectos médicos del trabajo;
• el control de los avances en la medicina, la psicología y la ergonomía,
• la coordinación de la recopilación de información regional.
La dirección de los inspectores médicos implica:
• la coordinación de los inspectores médicos regionales;
• el desarrollo y la aplicación de los informes, investigaciones y estudios técnicos realizados en el ámbito regional o transrre- gional y, en último término, de los grupos especializados de trabajo;
• la organización de reuniones que ofrezcan a los miembros del Departamento de Inspección Médica del Trabajo la oportu- nidad de comparar experiencias y definir enfoques coherentes de los nuevos problemas;
• la preparación de los procedimientos de contratación y forma- ción de inspectores médicos del lugar de trabajo y de los trabajadores;
• la educación continua de todos los inspectores médicos regionales.

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